México no debe sacrificar más a ejidos y comunidades: UCD
Por Guillermo Pimentel Balderas International The News Transformación, no solo moral y a través de humanizar la vida social. A nadie en su sano juicio le conviene debilitarlos. Tampoco su desaparición de la economía campesina y su aportación al desarrollo nacional. Este sector debe ser incluido con creces en el PND 2025-2030.
El ingeniero agrónomo José Durán Vera, Coordinador Nacional de la Unión Campesina Democrática (UCD), especifica que la clase campesina debe consolidar su posición en la sociedad como propietarios sociales de la tierra y su papel como trabajadores en la producción de los alimentos para el país.
Señala que actualmente la transformación de la sociedad no puede ser solamente moral y a través de humanizar la vida social, pues corremos el riesgo de plantear propósitos utópicos al margen de la lucha real contra el dominio de los nuevos terratenientes y la empresa transnacional.
El luchador social participó en un Foro de Consulta: los Ejidos y las Comunidades Agrarias con relación al Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2025-2030, y argumenta que sí conocemos el origen y desarrollo de los problemas campesinos actuales y, tenemos los elementos necesarios y suficientes para resolverlos, entonces ¿“porque los gobiernos de izquierda que debieran tener vocación agrarista se han tardado en enfrentar el asunto de la estructura agraria de manera decidida”?, cuestiona.
Ostenta que las diversas crisis económicas y sociales han rebatido el mito neoliberal de la posibilidad de desarrollo con la supuesta “libertad” de los campesinos para decidir la forma de propiedad de sus parcelas”, por lo que actualmente –expresa- “la transformación de la sociedad no puede ser solamente moral y a través de humanizar la vida social, pues corremos el riesgo de plantear propósitos utópicos al margen de la lucha real contra el dominio de los nuevos terratenientes y la empresa transnacional”.

Al respecto, en entrevista con este reportero el profesionista del campo indica que el campesino debe pasar de productor individual de mercancías para convertirse en protagonista esencial de la economía social y solidaria productora de alimentos a través del ejido y la comunidad.
Apunta: “En corolario, los objetivos de una Política Agraria de Estado en la presente administración en su relación con el campo debe basarse en la protección y el reconocimiento pleno de la propiedad social, de sus mecanismos de representación interna y el derecho a la organización gremial”.
Al remontarse a la historia de los seres humanos que está vinculada a la tierra, ejemplifica que “este medio de producción ha sido y sigue siendo la fuente principal de riqueza social y recursos naturales para la supervivencia de la especie”. Por lo tanto, advierte: “permitir la explotación ilegal de bosques, selvas, aguas y recursos minerales no metálicos, reducir la superficie de la propiedad social y el rendimiento del trabajo y el progreso técnico de la agricultura, está dañando el sistema social y económico en su totalidad, pues la disminución de la superficie cultivable pone en riesgo la reproducción de las clases trabajadoras en su conjunto”.
Desde su perspectiva agrarista y de lucha, Durán Vera especifica la necesidad de implementar nueve acciones e impulsarlas desde el sector agrario, entre ellas que la Procuraduría Agraria (PA) debe retomar el cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales.
 Atentos a los principios anteriores, las acciones a impulsar desde el sector agrario debieran ser las siguientes: 1.- Se debe impulsar la modificación al artículo 27 constitucional incorporando el aprovechamiento de los recursos minerales no metálicos del subsuelo a favor del ejido y la comunidad, además de definir con claridad el principio del consumo de agua como derecho humano y para la producción de alimentos agropecuarios.
2.- Para la protección y el desarrollo de la propiedad social es impostergable la reforma a la Ley Agraria, con el objetivo de incorporar al texto vigente de esta ley los criterios jurisprudenciales que ha generado la SCJN respecto de temas poco claros o no previstos en la Ley, especialmente para evitar el abuso en el mecanismo de cesión de derechos agrarios y la PND 3 PND adopción del dominio pleno. Se habrá de reformar también lo relativo a las figuras de avecindado y posesionario, estipulando claramente sus derechos y obligaciones respecto del ejido, se debe iniciar además el debate respecto a la indivisibilidad de la parcela ejidal, consolidándola como patrimonio familiar y no como un derecho agrario individual. Resulta inaplazable además la expedición del código de procedimientos agrarios o la incorporación de un libro segundo de la Ley Agraria con el propósito de contar con disposiciones adjetivas que rijan el procedimiento del juicio agrario.
3.- Se debe honrar por todas las instituciones del sector agrario el compromiso en campaña de la Dra. Claudia Sheinbaum del 10 de abril del año pasado en Chinameca Morelos, consistente en abatir el rezago agrario. SEDATU, PA y RAN deben adecuar sus planes y programas para resolver los conflictos que aún persisten por sobreposición de planos, demandas de ejecución complementaria de Res. Pres y expropiaciones por supuesta causa de utilidad pública, sin publicación ni ejecución de decretos expropiatorios, esto es sin apego a la legalidad, la regularización a favor de los legítimos ocupantes de terrenos nacionales en proceso de titulación así como la resolución de la ambigüedad jurídica que guardan las colonias agrícolas y ganaderas. Revisemos también con voluntad de justicia: - concesiones mineras, - servidumbres legales de hidrocarburos, - limitación a la propiedad social por declaratoria de Áreas Naturales Protegidas - la acción de la delincuencia contra la clase campesina que genera el robo violento de la tierra, de las cosechas y de los recursos naturales, atentando además contra la seguridad y la vida de dirigentes campesinos.
4.- La Procuraduría Agraria, debe retomar el cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, (la representación y asesoría legal en juicio a los sujetos agrarios, la vigilancia del cumplimiento de la ley y la resolución urgente de innumerables conflictos agrarios que conllevan invasión de tierras, despojo, asesinatos y delitos diversos del orden común y federal con los medios alternativos que establece la convencionalidad adoptada por México en materia de Derechos Humanos y lo establecido en la Ley de mecanismos alternativos de solución de controversias, publicada en el DOF el 13 de febrero de 2024), para lo anterior es relevante que el sector agrario cuente con la suficiencia presupuestal para cumplir con estos cometidos,
Es ineludible por lo demás la desectorización y dependencia de la SEDATU para su plena autonomía y su carácter de Ombudsman agrario.
5.- Por su parte el RAN, debe eliminar de inmediato las imprecisiones y diversidad de criterios registrales en las representaciones estatales, estableciendo con claridad regulaciones estandarizadas para el ejercicio de su función, sin pretender calificar o estar por encima de los que son materia de sentencia por los tribunales agrarios y desde luego debe erradicar por completo la corrupción en el cumplimiento de los 52 servicios que presta, para cumplir con sus atribuciones de registro, resguardo y control de todos los documentos que amparan los derechos individuales y colectivos en la propiedad social.
6.- Para la reorganización interna del ejido y la comunidad se debe iniciar con la convocatoria institucional para la actualización de todos y cada uno de sus reglamentos internos, iniciar una campaña seria e incluyente para la depuración y actualización de los padrones vigentes de cada núcleo agrario, la capacitación respecto del marco jurídico secundario a los comisariados ejidales y de bienes comunales así como a sus órganos de vigilancia.
Con base en lo anterior, iniciar un proceso de transmisión ordenada de derechos agrarios complementaria de la voluntad del titular para el recambio generacional y el empoderamiento de la mujer campesina con el propósito de arraigar a mujeres y hombres jóvenes que asuman conscientemente el compromiso de trabajar productiva y personalmente la tierra y no de venderla.
7.- Para la vigilancia y el cumplimiento de las políticas públicas en un Plan Nacional de Desarrollo verdaderamente participativo, se debe conformar una Contraloría Social como foro de queja, denuncia y participación permanente de los campesinos y sus legítimas organizaciones sociales y económicas que sea el vehículo para la corrección de comportamientos irregulares o corruptos y con ello el empoderamiento de la clase campesina como la fuerza motriz más relevante de la sociedad rural.
Esta Contraloría Social deberá estar atenta también a que los funcionarios tengan los conocimientos, la trayectoria y el compromiso institucional necesarios para los propósitos aquí expuestos.
8.- Respecto a la Justicia agraria, tenemos un problema de fondo, con diversas situaciones y requiere la formulación de una nueva oferta a la sociedad rural: un cambio de perspectiva en la calidad de la administración de justicia que responda a una lógica de gobernanza con visión tutelar y la actualización de un marco jurídico que la sostenga.
Prácticamente es necesaria la evaluación y en su caso el relevo de algunos magistrados y funcionarios adscritos a los tribunales agrarios sobre todo Unitarios que conforman élites que sesgan el sentido de la justicia social.
De igual importancia es impulsar la creación del Consejo de la Judicatura Agraria, en el que participen expertos juristas designados por el Senado con el objetivo de un funcionamiento honesto y eficaz de toda la estructura de los tribunales agrarios.
Por todo lo anterior, como punto nueve, el líder agrario confiesa que “el diseño, el cumplimiento y la evaluación de un Plan Nacional de Desarrollo construido de manera participativa, serán condiciones iniciales para lograr la paz, la estabilidad y la armonía del campo mexicano”. |
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